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CONSEJO SUPERIOR: EXIGIMOS DEDICACIONES EXCLUSIVAS A LXS AFECTADXS CONICET

 

 

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Miércoles 25 de octubre.- Una delegación de FEDUBA encabezada por Belen Sotelo se hizo presente en el Consejo Superior de la UBA para apoyar el proyecto para exigir al Ministerio de Educación y al Ministerio de Ciencia y Tecnología que garantice dedicaciones exclusivas en las universidades para los científicos expulsados del CONICET.
En el proyecto presentado se especifica que el gobierno nacional financie cargos completos con dedicación exclusiva, sin comprometer las vacantes presupuestarias de los beneficiarios que ya poseen cargos en esta Universidad, tal cual había anunciado originalmente el MINCyT.

 

VER EL PROYECTO COMPLETO

VISTO la Resolución Conjunta 2-E/2017 firmada por el Ministerio de Educación y Deportes y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, que crea el programa de incorporación de docentes investigadores a las Universidades Nacionales.

CONSIDERANDO:

Que el programa es producto de la lucha sostenida por los investigadores que fueron excluidos del ingreso a la Carrera de Investigador Científico de CONICET y por toda la comunidad científico-universitaria durante el último año.

Que, desde sus primeros anuncios, el MINCyT y el MEyD informaron que el programa contemplaba la creación de 410 cargos docentes nuevos con dedicación exclusiva destinados a los candidatos que no ingresaron al CONICET en 2016 (http://www.mincyt.gob.ar/noticias/acuerdo-entre-el-ministerio-de-ciencia-y-el-ministerio-de-educacion-para-fortalecer-la-investigacion-en-las-universidades-nacionales-12847).

Que el texto finalmente rubricado por ambos ministerios, a diferencia de los anuncios preliminares, considera que “en el caso de que el doctor posea cargo docente en la Universidad en la que se va a incorporar, se financiará el mejoramiento de la dedicación a exclusiva en dicho cargo”.

Que más de la mitad de los doctores que son beneficiarios del convenio por parte de la UBA tienen ya un cargo docente en alguna facultad.

Que varios de estos docentes poseen ya un cargo regular de menor dedicación, que pasaría a ser interino si se siguen los lineamientos del convenio y se financia solamente el aumento de dedicación, comprometiéndose los derechos adquiridos de las personas afectadas.

Que otros docentes poseen un cargo interino que está llamado a concurso y para el que hay otros aspirantes además del beneficiario del convenio. En estos casos, si se siguen los lineamientos del convenio y la renta del cargo interino queda comprometida para la dedicación exclusiva del beneficiario, el trámite del concurso se vería seriamente comprometido, perjudicando al afectado y a terceros.

Que además otros docentes poseen un cargo interino cuya renta está atada al concurso de otro cargo o a una licencia de otro docente. En estos últimos casos, si se siguen los lineamientos del convenio, se comprometería la sustanciación de otro concurso o los derechos del docente que se encuentra de licencia.

Que en todos estos casos los lineamientos del convenio afectarían seriamente la planificación de la planta docente las unidades académicas de la UBA que tienen beneficiarios del convenio que ya poseen un cargo docente.

Que, siguiendo los lineamientos actuales del convenio, las unidades académicas terminarían financiando con sus propios recursos una parte del programa de incorporación de docentes investigadores a las Universidades Nacionales.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS
RESUELVE :

ARTÍCULO 1º.- Exigir al Ministerio de Educación y Deportes y al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva que el programa de incorporación de docentes investigadores a las Universidades Nacionales financie cargos completos con dedicación exclusiva, sin comprometer las vacantes presupuestarias de los beneficiarios que ya poseen cargos en esta Universidad, tal cual había anunciado originalmente el MINCyT.

ARTÍCULO 2º.- Encomendar al Sr Rector de la UBA para que lleve esta exigencia ante las máximas autoridades ministeriales firmantes del acuerdo.

ARTICULO 3º.- De forma.